La figura del deudor de buena fe es el pilar fundamental para acceder a la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) en la Ley de Segunda Oportunidad. Tras la reforma concursal de 2022, los requisitos y controles para acreditar la buena fe se han endurecido, exigiendo máxima transparencia, honestidad y colaboración por parte del solicitante. Si quieres cancelar tus deudas y empezar de nuevo, es imprescindible conocer qué significa ser considerado deudor de buena fe y cómo demostrarlo ante el juzgado.
¿Por qué es tan importante la buena fe en la Ley de Segunda Oportunidad?
Solo quienes acreditan buena fe pueden beneficiarse de la exoneración de sus deudas. El legislador busca garantizar que la Ley de Segunda Oportunidad no sea utilizada por quienes han actuado con fraude, ocultaciones o mala praxis, sino por personas que realmente han caído en insolvencia por causas ajenas a su voluntad y han actuado siempre de forma responsable.
¿Qué se entiende por deudor de buena fe?
La buena fe es un concepto jurídico que se traduce en una serie de requisitos objetivos y subjetivos fijados por la Ley Concursal. No basta con alegar haber actuado correctamente: el juez valorará de forma estricta el cumplimiento de todos los requisitos legales, revisando la conducta del deudor antes y durante el procedimiento.
Principales requisitos para ser considerado deudor de buena fe
- Insolvencia real y sobrevenida: El deudor debe encontrarse en situación de insolvencia, sin capacidad real de hacer frente a sus obligaciones.
- No haber sido condenado por delitos económicos o patrimoniales graves en los últimos 10 años: Se excluye a quienes hayan sido condenados por delitos contra el patrimonio, el orden socioeconómico, falsedad documental, Hacienda Pública, Seguridad Social o derechos de los trabajadores, salvo que hayan cumplido todas las responsabilidades civiles y penales.
- No haber sido sancionado por infracciones administrativas muy graves en los últimos 10 años, salvo que la sanción esté íntegramente pagada.
- No haber obtenido la EPI en los últimos 5 años (con liquidación de masa activa) o en los últimos 2 años (con plan de pagos).
- No haber sido declarado culpable en concurso anterior, salvo que la única causa de culpabilidad sea el retraso en la solicitud de concurso.
- No haber incumplido los deberes de colaboración e información con el juzgado o la administración concursal.
- No haber proporcionado información falsa o engañosa, ni haberse comportado de forma temeraria o negligente al contraer las deudas.
- Colaboración activa y transparencia: El deudor debe facilitar toda la información patrimonial y documental requerida, sin ocultar bienes ni ingresos.
- No rechazar ofertas de empleo adecuadas en los 4 años previos al concurso.
- Aceptar expresamente que la concesión de la EPI figure en el Registro Público Concursal durante cinco años.
¿Cómo valora el juez la buena fe?
El juez analizará la documentación aportada, la conducta del deudor, sus antecedentes y la causa de la insolvencia. Se tendrá en cuenta el nivel profesional y social, las circunstancias personales que llevaron al sobreendeudamiento y, en caso de autónomos o empresarios, si se utilizaron herramientas de alerta temprana o mediación.
¿Qué puede impedir que te consideren deudor de buena fe?
- Haber ocultado bienes, ingresos o información relevante.
- Haber actuado con fraude, temeridad o negligencia grave.
- No colaborar con el proceso judicial o con la administración concursal.
- Haber sido sancionado o condenado por delitos o infracciones graves, salvo que se hayan satisfecho todas las responsabilidades.
Preguntas frecuentes sobre el deudor de buena fe
- ¿Es imprescindible ser deudor de buena fe para acceder a la EPI?
Sí, es el requisito esencial y su ausencia impide cualquier exoneración de deudas bajo la Ley de Segunda Oportunidad en Sevilla o cualquier ciudad española. - ¿Cómo se demuestra la buena fe?
A través de la documentación, la transparencia en el proceso y la ausencia de antecedentes penales o sanciones graves. - ¿Qué ocurre si el juez duda de la buena fe?
Puede denegar la exoneración, por lo que es fundamental contar con asesoramiento profesional y no dejar ningún cabo suelto.
La importancia de un buen asesoramiento jurídico
La valoración de la buena fe es estricta y compleja. Un error, una omisión o una interpretación incorrecta pueden suponer la pérdida de la oportunidad de cancelar tus deudas. Por eso, contar con un despacho especializado que analice tu caso, prepare la documentación y te acompañe en todo el proceso es clave para el éxito.
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