Cancelados 31.604 € a una trabajadora con hija a cargo
Una vecina de Málaga ha conseguido la exoneración total de sus deudas, gracias a la aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad. Sin bienes, con un salario ajustado y una menor a su cargo, esta trabajadora ha logrado liberarse de todas sus obligaciones financieras tras un procedimiento ágil y exitoso tramitado ante el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Málaga.
Características
Vivienda: No
Vehículo: No
Provincia: Málaga
DEUDA EXONERADA:
31.604 €
Historia de nuestro cliente
María del Valle (nombre ficticio) atravesó una difícil etapa personal y económica tras su divorcio. Su exmarido, con problemas de adicción, contrajo varios préstamos a su nombre sin su consentimiento, dejándola en una situación de sobreendeudamiento. Desde entonces, María tuvo que sacar adelante sola a su hija menor, viviendo de alquiler y trabajando en un supermercado con un sueldo de apenas 1.050 € mensuales. A pesar de sus esfuerzos, los gastos superaban sus ingresos, lo que la llevó a solicitar el concurso de acreedores sin masa, conforme al artículo 37 bis del TRLC.
Deuda total y desglose de acreedores
El total de deuda exonerada asciende a 31.604,71 €, distribuidos del siguiente modo:
- AXACTOR España S.L.U. — 11.513,97 € (préstamo bancario)
- Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) — 12.578 € (crédito personal)
- Banco Cetelem S.A. — 4.281 € (tarjeta de crédito)
- Servicios Financieros Carrefour S.A. — 3.231,74 € (financiación consumo)
💶 Total exonerado: 31.604,71 €
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Bienes y situación patrimonial
La deudora no poseía bienes inmuebles ni vehículos a su nombre. Sus únicos ingresos procedían de su nómina mensual en Centros Comerciales Carrefour S.A., por importe de aproximadamente 1.058 €. El informe registral confirmó la inexistencia de propiedades o activos, por lo que se trató de un concurso sin masa activa.
Procedimiento seguido
El procedimiento se tramitó como concurso sin masa ante el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Málaga (procedimiento 107/2025). El concurso fue declarado el 14 de enero de 2025 y resuelto mediante Auto nº 747/2025 de fecha 8 de julio de 2025, dictado por la Magistrada D.ª Judith Saiz Soria. La clienta fue declarada de buena fe conforme al artículo 487 del TRLC, y cumplió todos los requisitos exigidos para acceder a la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI).
Resultado final
El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Málaga concedió la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), cancelando la totalidad de las deudas de María del Valle. La resolución le permite comenzar una nueva etapa libre de cargas financieras, tras comprobarse que actuó siempre de buena fe y no disponía de bienes embargables.
Gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, María ha podido recuperar la tranquilidad y mirar al futuro con esperanza. Porque todas las personas merecen una segunda oportunidad.
A continuación, se muestra la resolución del Juzgado (nombre protegido):

