Cancelados 48.310,97 € a un autónomo sin ingresos ni patrimonio
Un vecino de Conil de la Frontera (Cádiz) ha conseguido liberarse de todas sus deudas gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad. Tras varios años de dificultades económicas derivadas del cierre de su taller mecánico y la pérdida de ingresos, este trabajador autónomo ha logrado la exoneración total de 48.310,97 € en apenas un año de procedimiento.
Características
Vivienda: No
Vehículo: No
Provincia: Málaga
Vehículo: No
Provincia: Málaga
DEUDA EXONERADA:
48.310,97 €
Historia de nuestro cliente
Alejandro Milić (nombre ficticio) trabajó durante años como mecánico autónomo en Conil de la Frontera. En 2018 solicitó un préstamo de 25.000 € con MicroBank (CaixaBank) para reforzar su negocio. Sin embargo, la pandemia y la fuerte caída de la clientela lo dejaron sin capacidad para mantener el taller, acumulando además deudas con Hacienda y la Seguridad Social. A esta situación se sumaron gastos médicos derivados del nacimiento de su hija en 2021, que generaron una deuda adicional con la Seguridad Social de unos 3.000 €. En 2023, completamente endeudado y sin ingresos, Alejandro cerró definitivamente su actividad y solicitó acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
Deuda total y desglose de acreedores
El total exonerado asciende a 49.144,49 €, distribuidos de la siguiente manera:
- Agencia Tributaria — 10.000 € (tributaria)
- CaixaBank (MicroBank) — 23.247,71 € (préstamo empresarial)
- Instituto Nacional de la Seguridad Social — 8.964,20 € (cuotas impagadas)
- Bulnes Capital S.L. — 1.158,75 € (préstamo)
- EOS Spain S.L.U. — 831,42 € (tarjeta de crédito)
- Ferratum Bank PLC — 1.200,00 € (microcrédito)
- Dineo — 300,00 € (micropréstamo)
- MoneyMan — 450,00 € (micropréstamo)
- Vivus — 1.200,00 € (micropréstamo)
- Orange — 958,89 € (telecomunicaciones)
Total exonerado: 48.310,97 €
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Bienes y situación patrimonial
El cliente no disponía de bienes inmuebles ni vehículos. Sus únicas cuentas bancarias presentaban saldos inferiores a 400 €. No poseía activos de valor ni rentas embargables. Tampoco contaba con ingresos laborales ni prestaciones, encontrándose en situación de desempleo. El Registro de la Propiedad y la DGT confirmaron la inexistencia de titularidades a su nombre.
Procedimiento seguido
El procedimiento se tramitó como concurso sin masa (art. 37 bis TRLC) ante el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Cádiz, bajo el número de procedimiento 335/2023. La declaración de concurso se dictó el 22 de mayo de 2024 y la resolución final de exoneración, mediante Auto nº 794/2025, fue emitida el 16 de junio de 2025 por el Magistrado D. Juan Francisco Santana Miralles. El juzgado reconoció la buena fe del deudor y le concedió la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) total.
Resultado final
El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Cádiz concedió la exoneración completa de todas las deudas, permitiendo a Alejandro empezar una nueva etapa sin cargas financieras. El Auto nº 794/2025 declara la firmeza de la resolución y la extinción de la responsabilidad personal del deudor por los créditos anteriores al concurso.
Gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, Alejandro ha podido liberarse del peso de las deudas y recuperar la tranquilidad junto a su familia. Porque todas las personas merecen una segunda oportunidad.
A continuación, se muestra la resolución del Juzgado (nombre protegido):

