Cancelados 48.310,97 € a un autónomo sin ingresos ni patrimonio

Un vecino de Conil de la Frontera (Cádiz) ha conseguido liberarse de todas sus deudas gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad. Tras varios años de dificultades económicas derivadas del cierre de su taller mecánico y la pérdida de ingresos, este trabajador autónomo ha logrado la exoneración total de 48.310,97 € en apenas un año de procedimiento.

Características

Vivienda: No
Vehículo: No
Provincia: Málaga
DEUDA EXONERADA:
48.310,97 €
abogado especialista en segunda oportunidad

Abogado Experto en Ley de Segunda Oportunidad

Historia de nuestro cliente

Alejandro Milić (nombre ficticio) trabajó durante años como mecánico autónomo en Conil de la Frontera. En 2018 solicitó un préstamo de 25.000 € con MicroBank (CaixaBank) para reforzar su negocio. Sin embargo, la pandemia y la fuerte caída de la clientela lo dejaron sin capacidad para mantener el taller, acumulando además deudas con Hacienda y la Seguridad Social. A esta situación se sumaron gastos médicos derivados del nacimiento de su hija en 2021, que generaron una deuda adicional con la Seguridad Social de unos 3.000 €. En 2023, completamente endeudado y sin ingresos, Alejandro cerró definitivamente su actividad y solicitó acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.

Deuda total y desglose de acreedores

El total exonerado asciende a 49.144,49 €, distribuidos de la siguiente manera:

  • Agencia Tributaria — 10.000 € (tributaria)
  • CaixaBank (MicroBank) — 23.247,71 € (préstamo empresarial)
  • Instituto Nacional de la Seguridad Social — 8.964,20 € (cuotas impagadas)
  • Bulnes Capital S.L. — 1.158,75 € (préstamo)
  • EOS Spain S.L.U. — 831,42 € (tarjeta de crédito)
  • Ferratum Bank PLC — 1.200,00 € (microcrédito)
  • Dineo — 300,00 € (micropréstamo)
  • MoneyMan — 450,00 € (micropréstamo)
  • Vivus — 1.200,00 € (micropréstamo)
  • Orange — 958,89 € (telecomunicaciones)

Total exonerado: 48.310,97 €

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    Bienes y situación patrimonial

    El cliente no disponía de bienes inmuebles ni vehículos. Sus únicas cuentas bancarias presentaban saldos inferiores a 400 €. No poseía activos de valor ni rentas embargables. Tampoco contaba con ingresos laborales ni prestaciones, encontrándose en situación de desempleo. El Registro de la Propiedad y la DGT confirmaron la inexistencia de titularidades a su nombre.

    Procedimiento seguido

    El procedimiento se tramitó como concurso sin masa (art. 37 bis TRLC) ante el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Cádiz, bajo el número de procedimiento 335/2023. La declaración de concurso se dictó el 22 de mayo de 2024 y la resolución final de exoneración, mediante Auto nº 794/2025, fue emitida el 16 de junio de 2025 por el Magistrado D. Juan Francisco Santana Miralles. El juzgado reconoció la buena fe del deudor y le concedió la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) total.

    Resultado final

    El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Cádiz concedió la exoneración completa de todas las deudas, permitiendo a Alejandro empezar una nueva etapa sin cargas financieras. El Auto nº 794/2025 declara la firmeza de la resolución y la extinción de la responsabilidad personal del deudor por los créditos anteriores al concurso.
    Gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, Alejandro ha podido liberarse del peso de las deudas y recuperar la tranquilidad junto a su familia. Porque todas las personas merecen una segunda oportunidad.

    A continuación, se muestra la resolución del Juzgado (nombre protegido):

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