Cancelados 51.352,70 € a una trabajadora sin patrimonio

Marina Lozano (nombre simulado), Soltera, sin hijos a cargo, vive con sus padres en Málaga.

Ingresos: 981,00 € mensuales (nómina).

Gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, nuestra clienta ha conseguido la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), eliminando 51.352,70 € de deuda pública y privada. El procedimiento se tramitó como concurso sin masa y el Juzgado confirmó la exoneración mediante Auto 638/2025 de fecha 3 de abril de 2025.

Características

  • Vivienda: No
  • Vehículo: No
  • Provincia: Málaga
DEUDA EXONERADA:
51.352,70 €
abogado especialista en segunda oportunidad

Abogado Experto en Ley de Segunda Oportunidad

Historia del cliente

Marina Lozano comenzó a trabajar en hostelería en 2021. Poco después asumió el traspaso de un pequeño negocio (40.000 €), pero los ingresos no cubrían los costes fijos y las deudas con proveedores. Intentó sostener la actividad reduciendo gastos y asumiendo sola la operativa, pero el incremento de suministros y la falta de margen obligaron a cerrar el 8 de febrero de 2024. Desde entonces ha encadenado empleos a tiempo parcial y hoy percibe una nómina aproximada de 981,00 € mensuales, insuficiente para atender todas sus obligaciones. Vive con sus padres, es soltera y no tiene hijos a cargo.

Deuda total y desglose de acreedores

  • Agencia Tributaria — 4.464,11 € (tributaria)
  • Tesorería General de la Seguridad Social — 15.000,00 € (Seguridad Social)
  • Iberdrola S.A. — 5.102,27 € (suministros)
  • Cafés Novell, S.A. — 5.914,32 € (proveedor)
  • IDFinance Spain, S.A. (Moneyman) — 1.000,00 € (préstamo)
  • Javier Molina (nombre simulado) — 4.500,00 € (préstamo particular)
  • Elena Prieto (nombre simulado) — 15.000,00 € (préstamo particular)
  • RSG Group España, S.L.U. (McFIT) — 372,00 € (cuota gimnasio)

Total exonerado: 51.352,70 €

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    Bienes y situación patrimonial

    Sin bienes inmuebles ni muebles; sin masa activa. Único ingreso: 981,00 € mensuales (nómina). No embargable según art. 607 LEC por cuantía. Cuentas bancarias declaradas:

    • Banco Santander — [DATO PRIVADO] — Saldo: 1,10 €
    • CaixaBank — [DATO PRIVADO] — Saldo: 0,00 €

    Procedimiento seguido

    Concurso sin masa por insolvencia actual y ausencia de activos embargables. Órgano: Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Málaga. Procedimiento: Concurso ordinario 1222/2024, sin masa (auto de declaración: 21/01/2025). Acreditada la buena fe de la deudora y la inexistencia de causas de excepción legales.

    Resultado final

    El Juzgado dictó el Auto 638/2025 de 3 de abril de 2025 declarando la exoneración del pasivo insatisfecho. La exoneración alcanza las deudas comunicadas y cualesquiera otras anteriores a la resolución que no estén dentro de las no exonerables del art. 489 TRLC. Se requiere a los acreedores a actualizar los ficheros de morosidad para reflejar la cancelación.

    Porque todas las personas merecen una segunda oportunidad. Si necesitas ayuda, en Cualidad Jurídica estudiamos tu caso sin compromiso.

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