Exoneramos 36.380,76 € a una madre en Málaga que logró superar una situación de vulnerabilidad económica
Nuestra clienta se encontraba en una situación de extrema dificultad económica tras asumir en solitario las cargas familiares y una deuda importante derivada de un préstamo personal. Gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, ha conseguido cancelar la totalidad de sus deudas.
Historia del cliente
Laura Sánchez (nombre ficticio) vivía en pareja cuando decidió, junto a su entonces compañero, adquirir un vehículo mediante financiación bancaria. Sin embargo, la situación dio un giro drástico cuando su pareja abandonó el domicilio familiar, dejándola sola con dos hijas menores y sin asumir el pago de la deuda.
A pesar de las promesas iniciales, el progenitor dejó de contribuir tanto al préstamo como a la manutención de las hijas, incumpliendo incluso resoluciones judiciales. Esto obligó a Laura a afrontar en solitario todos los gastos familiares en una situación de gran vulnerabilidad.
Con ingresos muy reducidos y dificultades para acceder a empleo estable, la acumulación de deuda se volvió insostenible. Finalmente, ante la imposibilidad de hacer frente a sus obligaciones, decidió acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
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Deuda total y desglose de acreedores
Créditos exonerables:
- Empresa, S.L. — 1.608,35 €
- Unicaja Banco S.A. — 34.772,41 €
Total exonerables: 36.380,76 €
Créditos no exonerables: 0,00 €
Deuda total exonerada: 36.380,76 €
Situación patrimonial y laboral
La clienta no dispone de bienes inmuebles ni vehículos. Únicamente cuenta con una cuenta bancaria con saldo mínimo (3,20 €) y percibe ingresos mensuales aproximados de 420 € por trabajo y 1.127,97 € en concepto de ingreso mínimo vital. La totalidad de sus ingresos se destina a cubrir necesidades básicas familiares, sin capacidad de ahorro.
Procedimiento seguido
El procedimiento se tramitó como concurso voluntario sin masa ante el Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Málaga (Concurso ordinario 566/2025). Tras la publicación legal y sin oposición de los acreedores, se solicitó la exoneración del pasivo insatisfecho.
Resultado final
Mediante Auto nº 314/2026, de fecha 18 de marzo de 2026, el juzgado concedió la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), acordando la cancelación total de las deudas y la conclusión del procedimiento.
Porque todas las personas merecen una segunda oportunidad.