Exonerados 40.756 € a madre trabajadora sin patrimonio
Nuestro despacho logró la exoneración total de una deuda de 40.756 € a una clienta residente en Marbella, que atravesaba una grave situación de insolvencia personal y familiar. El procedimiento se resolvió con éxito mediante un concurso sin masa y la concesión de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI).
Características
Vivienda: No
Vehículo: No
Provincia: Málaga
DEUDA EXONERADA:
40.756€
Historia del cliente
Laura M., nombre ficticio para proteger su identidad, atravesó una compleja situación económica tras la pérdida de su empleo. Durante meses sufrió retrasos salariales que le obligaron a recurrir a préstamos personales y tarjetas de crédito para cubrir los gastos básicos de su familia. Madre de tres hijos menores, uno de ellos con necesidades especiales, su situación se agravó hasta el punto de afectar seriamente a su salud emocional.
Pese a haber sido siempre cumplidora con sus obligaciones, la presión financiera y la falta de ingresos estables hicieron inviable cualquier solución extrajudicial.
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Deuda total y desglose de acreedores
Créditos exonerables:
- Banco Cetelem — 23.939 €
- Banco Sabadell — 9.394 €
- Santander Consumer Finance — 7.193 €
- Oney Servicios Financieros — 230 €
Total deuda exonerada: 40.756 €
Créditos no exonerables: 0,00 €
Situación patrimonial y laboral
Nuestra clienta no disponía de bienes inmuebles ni vehículos a su nombre. Su única fuente de ingresos era una prestación por desempleo de aproximadamente 893 € mensuales, insuficiente para cubrir los gastos básicos de su unidad familiar. El inventario acreditó la inexistencia de masa activa y la imposibilidad de establecer un plan de pagos viable.
Procedimiento seguido
El procedimiento se tramitó ante el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Málaga como concurso voluntario sin masa (procedimiento 581/2025). Tras la declaración de concurso y la ausencia de oposición por parte de los acreedores, se solicitó la Exoneración del Pasivo Insatisfecho.
Resultado final
Mediante auto judicial de fecha 22 de septiembre de 2025, el Juzgado concedió la Exoneración del Pasivo Insatisfecho, liberando completamente a la clienta de todas sus deudas anteriores al concurso.
Este caso demuestra que incluso en situaciones de extrema vulnerabilidad, la Ley de la Segunda Oportunidad ofrece una salida real y efectiva. Porque todas las personas merecen una segunda oportunidad.