Exoneramos 22.382,45 € a trabajador tras años de sobreendeudamiento

Javier Romero Muñoz, vecino de Málaga, acudió a Cualidad Jurídica tras años de dificultades económicas derivadas del desempleo y la pandemia. Gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Málaga le concedió la Exoneración del Pasivo Insatisfecho, cancelando la mayor parte de sus deudas.

Características

Vivienda: No
Vehículo: No
Provincia: Málaga
DEUDA EXONERADA:
22.382,45€
abogado especialista en segunda oportunidad

Abogado Experto en Ley de Segunda Oportunidad

Historia del cliente

Javier atravesó una situación económica crítica desde 2019. Tras perder su empleo durante la pandemia, sobrevivió únicamente con ayudas y el apoyo de su familia. Durante años estuvo desempleado y, para poder cubrir gastos básicos, recurrió a financiación que terminó generando un sobreendeudamiento imposible de asumir. Aunque en 2022 logró reincorporarse al mercado laboral, los embargos y la acumulación de intereses hicieron inviable cualquier solución fuera del procedimiento concursal.
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    Deuda total y desglose de acreedores

    Créditos exonerables:

    • AXACTOR ESPAÑA PLATFORM, S.A. — 8.897,93 €
    • UNICAJA BANCO, S.A. — 14.520,00 €
    • BBVA — 230,00 €
    • TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A. — 912,10 €
    • XFERA MÓVILES, S.A.U. — 207,96 €

    Total exonerables: 22.382,45 €

    Créditos no exonerables:

    • Ayuntamiento de Benalmádena — 2.385,54 €

    Deuda total: 24.767,99 €

    Situación patrimonial y laboral

    El cliente no disponía de bienes inmuebles ni vehículos. Su única fuente de ingresos era una nómina aproximada de 1.400 € mensuales procedente de su trabajo por cuenta ajena, insuficiente para afrontar sus gastos básicos y las deudas acumuladas. La inexistencia de masa activa determinó la tramitación del concurso como concurso sin masa.

    Procedimiento seguido

    El procedimiento se tramitó como concurso voluntario sin masa ante el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Málaga (Concurso sin masa 542/2024). Tras el plazo legal sin oposición de acreedores, se concedió la Exoneración del Pasivo Insatisfecho mediante Auto nº 1432/2025 de fecha 14 de octubre de 2025.

    Resultado final

    El juzgado concedió de forma definitiva la Exoneración del Pasivo Insatisfecho, liberando a Javier de la mayor parte de sus deudas y permitiéndole empezar de nuevo sin la carga financiera que le impedía avanzar.

    Porque todas las personas merecen una segunda oportunidad.

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