Exoneramos 26.362,75 € a un emprendedor que perdió su empresa tras la pandemia

Un empresario del sector de la construcción consiguió liberarse de una deuda de 26.362,75 € mediante la Ley de la Segunda Oportunidad tras el cierre de su actividad y un prolongado periodo de desempleo.

Abogado experto en Ley de Segunda Oportunidad
Paco Aguilera

Abogado Experto en Ley de Segunda Oportunidad

Nº Colegiado 9634

Historia del cliente

Daniel Romero (nombre ficticio) desarrolló una empresa dedicada a la construcción y rehabilitación de piscinas. Durante años intentó sacar adelante su actividad profesional, pero la llegada de la pandemia afectó de forma directa a la viabilidad del negocio.

La cancelación de proyectos, el incremento del coste de los materiales y los problemas derivados de un socio provocaron una situación de insolvencia cada vez más difícil de sostener.

Tras el cierre de su actividad, Daniel intentó reorientar su carrera profesional, pero permaneció desempleado y sin ingresos suficientes para atender sus obligaciones. Ante esta situación, decidió acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.

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    Deuda total y desglose de acreedores

    Créditos exonerables:

    • Agencia Estatal de Administración Tributaria — 18.328,75 €
    • Bankinter Consumer Finance E.F.C., S.A. — 3.798,00 €
    • Honda Bank GmbH, S.E. — 4.236,00 €

    Total exonerables: 26.362,75 €

    Créditos no exonerables: 0,00 €

    Deuda total exonerada: 26.362,75 €

    Situación patrimonial y laboral

    El deudor se encontraba desempleado y sin percibir prestación. No disponía de bienes inmuebles y únicamente figuraba una motocicleta financiada con reserva de dominio, además de una cuenta bancaria sin saldo relevante.

    Procedimiento seguido

    El procedimiento se tramitó como concurso sin masa nº 155/2026 ante la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Málaga. Mediante Auto nº 155/2026, de fecha 10 de junio de 2026, se concedió la Exoneración del Pasivo Insatisfecho.

    Resultado final

    El juzgado declaró la conclusión del concurso y concedió la exoneración del pasivo insatisfecho, permitiendo al cliente comenzar una nueva etapa económica libre de las deudas exoneradas.

    Porque todas las personas merecen una segunda oportunidad.

    Auto judicial que concede la exoneración de 26.362,75 € mediante la Ley de la Segunda Oportunidad.
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