Exoneramos 26.608,17 € a una trabajadora malagueña sin bienes ni patrimonio

Gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, una vecina de Málaga logró cancelar más de 26.000 € en deudas con entidades financieras. El Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Málaga concedió la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) tras confirmar que la deudora carecía de bienes embargables y cumplía todos los requisitos de buena fe.

Características

Vivienda: No
Vehículo: No
Provincia: Málaga
DEUDA EXONERADA:
26.608,17 €
abogado especialista en segunda oportunidad

Abogado Experto en Ley de Segunda Oportunidad

Historia de nuestro cliente

María González López (nombre ficticio para proteger la identidad real) es una vecina de Málaga que atravesó una difícil situación económica tras su divorcio. Durante años, ella y su pareja tuvieron que recurrir a préstamos para cubrir gastos básicos y la hipoteca de su vivienda. Finalmente, perdieron la casa mediante una dación en pago y un vehículo, quedando obligados a vivir de alquiler con sus dos hijos. Aunque actualmente trabaja como ayudante de lavandería con un salario aproximado de 1.300 €, su sueldo apenas le permitía cubrir los gastos familiares.

Deuda total y desglose de acreedores

Según la solicitud de EPI, los créditos exonerados fueron los siguientes:

📋 Créditos exonerables:

  • BBVA — 7.901,07 €
  • Bulnes Capital S.L. — 4.096,45 €
  • Cofidis España S.A. — 716,54 €
  • Ferratum Bank P.L.C. — 694,70 €
  • Invest Capital Ltd. — 3.743,73 €
  • LC Asset S.Á.R.L. — 9.500,68 €

Total exonerables: 26.608,17 €

Créditos no exonerables: 0,00 €

💶 Deuda total exonerada: 26.608,17 €

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    Bienes y situación patrimonial

    La cliente no posee bienes inmuebles ni vehículos, y sus únicas cuentas bancarias sumaban menos de 100 € al inicio del procedimiento. Poseía un pequeño plan de pensiones de 2.932,87 € en BBVA. Actualmente trabaja por cuenta ajena en Infraestructura Montes Montero S.L., con ingresos mensuales de aproximadamente 1.300 €. Reside de alquiler junto a su exmarido y sus dos hijos menores de edad.

    Procedimiento seguido

    El procedimiento se tramitó como **concurso sin masa**, al no existir bienes susceptibles de liquidación. Fue gestionado ante el **Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Málaga**, bajo el **procedimiento ordinario 567/2023**. La solicitud de exoneración se presentó el **5 de marzo de 2024**, y el **11 de octubre de 2024** se dictó el **Auto nº 1014/2024**, concediendo la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) de forma definitiva. El proceso completo se resolvió en unos ocho meses, confirmando la buena fe de la deudora y la inexistencia de masa activa.

    Resultado final

    El Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Málaga concedió la **Exoneración del Pasivo Insatisfecho definitiva**, extinguiendo todas las deudas de María González López por un importe total de **26.608,17 €**. Gracias a esta resolución, la clienta ha quedado totalmente libre de sus obligaciones financieras y puede comenzar una nueva etapa sin cargas económicas.
    Porque todas las personas merecen una segunda oportunidad.

    A continuación, se muestra la resolución del Juzgado (nombre protegido):

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