Exoneramos 35.678,61 € a una madre en Málaga que superó años de precariedad laboral y endeudamiento
Nuestra clienta, madre de un menor, se encontraba en una situación de insolvencia tras años de inestabilidad laboral y falta de apoyo económico. Gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, ha conseguido cancelar la totalidad de sus deudas y empezar una nueva etapa sin cargas financieras.
Historia del cliente
María Razzouki (nombre ficticio) inició su vida familiar sin deudas y con estabilidad laboral. Sin embargo, el nacimiento de su hijo en 2018 marcó un punto de inflexión, obligándola a abandonar su empleo y reduciendo drásticamente sus ingresos.
Tras varios intentos de reincorporación al mercado laboral, encadenó trabajos precarios y de corta duración. Durante largos periodos de desempleo, se vio obligada a recurrir a créditos y tarjetas para cubrir gastos básicos como alquiler, suministros y alimentación.
La situación se agravó tras su separación en 2023, momento en el que asumió en solitario el cuidado y manutención de su hijo, sin apoyo económico suficiente. A pesar de encontrar empleo parcial, sus ingresos seguían siendo insuficientes, lo que la llevó a una espiral de endeudamiento insostenible.
Finalmente, ante la imposibilidad de hacer frente a sus obligaciones, decidió acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
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Deuda total y desglose de acreedores
Créditos exonerables:
- Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. — 19.623,44 €
- Banco Cetelem, S.A. — 152,55 €
- Caixabank Payments & Consumer, E.F.C., E.P., S.A.U. — 1.514,38 €
- Financiera El Corte Inglés E.F.C., S.A. — 3.235,77 €
- Plazo Credit S.L. — 1.453,37 €
- Servicios Financieros Carrefour, E.F.C., S.A. — 9.699,10 €
Total exonerables: 35.678,61 €
Créditos no exonerables: 0,00 €
Deuda total exonerada: 35.678,61 €
Situación patrimonial y laboral
La clienta no disponía de bienes inmuebles ni vehículos, tal y como se refleja en el inventario (sin masa activa). Sus cuentas bancarias presentaban saldo 0 €, y su única fuente de ingresos era una nómina mensual aproximada de 1.249 €, destinada íntegramente a cubrir gastos básicos y el cuidado de su hijo.
Procedimiento seguido
El procedimiento se tramitó como concurso voluntario sin masa ante el Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Málaga (Concurso nº 825/2025). Tras la declaración de concurso y la ausencia de oposición por parte de los acreedores, se solicitó la exoneración del pasivo insatisfecho.
Resultado final
Mediante Auto nº 361/2026 de fecha 6 de abril de 2026, el juzgado concedió la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), cancelando la totalidad de las deudas incluidas en el procedimiento y declarando la conclusión del concurso.
Porque todas las personas merecen una segunda oportunidad.