Un matrimonio joven, con dos hijos a su cargo, se vio atrapado en una situación de endeudamiento tras años de inestabilidad laboral y aumento de gastos familiares. Gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, han conseguido cancelar todas sus deudas y empezar de nuevo.
Alejandro Navarro y Marta Gómez (nombres ficticios) emigraron desde Argentina en busca de una vida mejor. Tras obtener la nacionalidad europea, se establecieron en Granada con la intención de integrarse laboralmente y construir un futuro estable.
Sin embargo, la pandemia afectó gravemente su estabilidad económica, dificultando el acceso a empleo y reduciendo sus ingresos. Con el nacimiento de su primera hija, tuvieron que destinar financiación a cubrir gastos esenciales como formación, manutención y necesidades básicas del hogar.
La situación se agravó con el nacimiento de su segundo hijo en 2025, lo que incrementó los gastos familiares y les obligó a recurrir a nuevos préstamos personales. A pesar de contar con empleo en el sector sociosanitario, sus ingresos eran insuficientes para hacer frente a todas sus obligaciones.
Ante esta situación de insolvencia estructural, decidieron acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
Cancelar tus deudas es posible. ¿Estudiamos tu caso?
Créditos exonerables:
Total exonerables: 42.084,75 €
Créditos no exonerables: 0,00 €
Deuda total exonerada: 42.084,75 €
Los clientes no disponían de bienes inmuebles ni vehículos. Sus cuentas bancarias presentaban saldo 0 €, y sus únicos ingresos provenían de sus nóminas: aproximadamente 1.260 € y 1.167,59 € mensuales. La totalidad de sus ingresos se destinaba a cubrir gastos básicos y familiares, sin capacidad de ahorro.
El procedimiento se tramitó como concurso voluntario sin masa ante el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada (Procedimiento 884/2025). Tras la publicación legal y sin oposición de acreedores, se solicitó la exoneración del pasivo insatisfecho.
Mediante Auto nº 232/2026 de fecha 13 de abril de 2026, el juzgado concedió la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), cancelando la totalidad de las deudas incluidas en el procedimiento y declarando la conclusión del concurso.
Porque todas las personas merecen una segunda oportunidad.
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