Vivienda: No
Vehículo: No
Provincia: Granada
Créditos exonerables:
Total exonerables: 53.179,60 €
Créditos no exonerables: 0,00 €
Deuda total exonerada: 53.179,60 €
Cancelar tus deudas es posible. ¿Estudiamos tu caso?
Procedimiento: Concurso voluntario sin masa (art. 37 bis TRLC).
Juzgado: Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada.
N.º de procedimiento: 931/2024.
Fechas clave: declaración de concurso el 17/12/2024; solicitud de EPI el 30/01/2025; concesión de la EPI y conclusión del concurso el 18/02/2025.
Duración aproximada: 2 meses desde la declaración hasta la exoneración
El Juzgado concedió la EPI con la extensión del art. 489.1 TRLC y acordó la conclusión y archivo del concurso. Se ordenó además la actualización de los sistemas de información crediticia para reflejar la cancelación de la deuda, dejando al cliente totalmente liberado de las obligaciones exoneradas.
Porque todas las personas merecen una segunda oportunidad.
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