Ley Segunda Oportunidad Granada

Reconocidos como el Mejor Despacho de Ley de Segunda Oportunidad de Andalucía

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Somos el despacho líder en Ley de Segunda Oportunidad en Granada, reconocidos con el galardón Andalucía Excelente 2024. Hemos asesorado con éxito a miles de personas y autónomos en toda Andalucía. Trabajamos exclusivamente en procedimientos de Ley de Segunda Oportunidad y Concursos de Acreedores.

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¡Por asesorarte con expertos no pierdes nada, en cambio puedes ganar mucho!

¿Sientes que la deuda te ahoga? Esta ley existe para darte un nuevo comienzo y recuperar el control de tu economía. En nuestro despacho te guiamos paso a paso para que consigas los mejores resultados posibles.

Analizamos tu caso de forma detallada y sin compromiso para saber si puedes optar a este proceso. Así, desde el primer momento, sabrás si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad.
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    Cancelación de 90.000€ en el Juzgado Mercantil número 3 de Málaga

    Cancelación de 38.000€ en el Juzgado Mercantil número 1 de Málaga

    Cancelación de 45.000€ en el Juzgado Mercantil número 3 de Málaga

    Ejemplos de casos ganados

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    Empezar de cero, es posible
    En Cualidad Jurídica estaremos contigo en todo el proceso, ofreciéndote un trato profesional y opciones de pago flexibles para que los honorarios no supongan un freno en tu camino hacia una vida sin deudas.
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    Nos enorgullece anunciar que Cualidad Jurídica ha sido galardonada con el Premio Andalucía Excelente 2024 en la categoría de Segundas Oportunidades, destacando nuestro compromiso y éxito en la gestión de la Ley de Segunda Oportunidad. Este reconocimiento refleja nuestra dedicación a proporcionar soluciones jurídicas efectivas, ayudando a personas y empresas a superar momentos difíciles mediante un proceso adaptado a cada necesidad.

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    Segunda oportunidad Granada

    Preguntas frecuentes

    Es una solución legal diseñada para anular o reestructurar tus deudas si no puedes hacerles frente. Te permite comenzar de nuevo y recuperar tu estabilidad. Se requiere buena fe, no tener delitos graves y no haber sido condenado en concurso en los últimos diez años.
    Sí. Se trata de un procedimiento judicial totalmente válido que permite eliminar deudas si se cumplen los requisitos y cuentas con la defensa adecuada.

    A través de un despacho especializado, se presenta la solicitud ante el juzgado de lo mercantil. Nosotros nos ocupamos de todo el procedimiento legal.

    Es imprescindible presentar documentación que demuestre tu situación de insolvencia. Para ello, hay que justificar tu situación personal, tus ingresos, los gastos básicos, las cargas familiares y la relación de deudas. Así se prueba que no puedes hacer frente a tus obligaciones económicas.

    Desde nuestro despacho, y siempre con tu autorización, nos encargamos de reunir prácticamente toda la documentación que se necesita para poder iniciar el procedimiento, lo que hace que todo sea más fácil para ti.

    Si tus ingresos son superiores al mínimo vital, el juez puede establecer un plan de pagos adaptado a tu situación. En caso de no poder pagar nada, la ley contempla la posibilidad de que se cancelen completamente tus deudas pendientes.

    Suele durar entre 6 y 12 meses, dependiendo del caso. Si estás asesorado por abogados especializados, el procedimiento se vuelve mucho más ágil.

    Una vez que el juzgado dicta la resolución definitiva, las deudas quedan canceladas. A partir de ese momento, puedes solicitar financiación y volver a empezar sin cargas económicas a tus espaldas.

    El precio varía según la complejidad del caso. En nuestro despacho recibirás un presupuesto claro, sin sorpresas, y adaptado siempre a tu capacidad económica para que puedas afrontarlo con tranquilidad.
    Solo en situaciones muy excepcionales. Nuestro equipo legal anticipa posibles bloqueos y trabaja para que puedas seguir utilizando tu cuenta bancaria y así cubrir los gastos básicos durante todo el procedimiento.
    Solo es posible utilizar este mecanismo una vez cada 10 años, siempre y cuando se cumplan todas las condiciones legales necesarias para volver a acogerse y el juzgado lo apruebe tras revisar el caso completo.

    Según el caso, lo habitual es que los bienes se liquiden para pagar a los acreedores. Sin embargo, la norma protege ciertos bienes esenciales para que puedas empezar de nuevo sin quedarte desprovisto de lo imprescindible.

    En estos casos, hay que entender que si las deudas van a perdonarse y los acreedores no van a cobrar, no sería justo que conservaras un coche de alto valor. Lo normal sería venderlo y pagar con lo obtenido, mientras que el resto quedaría cancelado. Después podrías adquirir otro vehículo.

    En relación con los avalistas, si tus deudas se eliminan, los acreedores seguirán teniendo derecho a reclamar a quienes avalaron tu préstamo. Por eso es esencial revisar bien cada deuda para evitar poner en riesgo a terceros.

    En determinadas circunstancias, es posible conservar tu vivienda si cumples algunos requisitos, como que la hipoteca pendiente sea mayor al valor de mercado del inmueble. La decisión final siempre la tomará el juez. Cuando hay vivienda familiar, conviene estudiar el caso con especial detalle.

    No se cancelan las deudas que proceden de responsabilidad penal, pensiones alimenticias ni ciertos créditos públicos por encima de los 10.000 € en Hacienda y otros 10.000 € en Seguridad Social. Estas quedan excluidas de la exoneración.

    Con la reforma más reciente de la ley, ya no es necesario acudir a un acuerdo extrajudicial de pagos previo. Cualquier plan de pagos que se establezca debe gestionarse dentro del procedimiento judicial y siempre en función de tu capacidad económica.

    Cuando se consigue la exoneración total, puedes pedir que tu nombre se elimine de ficheros como ASNEF o CIRBE. En el propio Auto de Exoneración y Conclusión se establece la obligación de los acreedores de informar a los registros.

    Si los acreedores no lo hacen, puedes emprender acciones legales para que se retire tu nombre. Esto te permitirá volver a operar con normalidad y acceder a productos financieros sin que tu historial de morosidad te afecte.

    Sí, la ley lo exige. No se puede iniciar el proceso sin abogado y procurador. Además, no basta con cualquier abogado, es fundamental contar con expertos en esta ley. Una mala gestión puede tener consecuencias graves, así que es clave acudir a especialistas.