Ley Segunda Oportunidad Alcobendas

Un equipo legal premiado y centrado en cancelar deudas

Estudio de viabilidad GRATUITO

Desde nuestro despacho en Málaga atendemos por teléfono y online a vecinos de Alcobendas y de la zona norte de Madrid, como San Sebastián de los Reyes, Tres Cantos, Algete o Colmenar Viejo. Somos abogados especializados en la Ley de Segunda Oportunidad y en concursos de acreedores, y no trabajamos otras áreas. Hemos asesorado a miles de personas, autónomos y empresarios de toda España, y contamos con el premio Andalucía Excelente 2024.

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Abogados de Ley de Segunda Oportunidad en Alcobendas

Consultarnos no te compromete y puede ahorrarte muchos problemas

¿Tus ingresos ya no alcanzan para cubrir lo que debes? La Ley de Segunda Oportunidad está pensada para esa situación. Te orientamos desde el principio y gestionamos cada trámite para que vuelvas a tener estabilidad.

Empezamos con un análisis gratuito y sin compromiso de tu caso. Así sabrás desde el primer día si cumples los requisitos y cómo continuaríamos.

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    Ejemplos de casos ganados

    Abogado de Segunda Oportunidad en Alcobendas

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    Alcobendas: volver a empezar es posible
    En Cualidad Jurídica te acompañamos durante todo el procedimiento con un trato cercano, y te damos facilidades de pago para que los honorarios no sean un impedimento.
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    Nos enorgullece anunciar que Cualidad Jurídica ha sido galardonada con el Premio Andalucía Excelente 2024 en la categoría de Segundas Oportunidades, destacando nuestro compromiso y éxito en la gestión de la Ley de Segunda Oportunidad. Este reconocimiento refleja nuestra dedicación a proporcionar soluciones jurídicas efectivas, ayudando a personas y empresas a superar momentos difíciles mediante un proceso adaptado a cada necesidad.

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    Ley de Segunda Oportunidad en Alcobendas

    Preguntas frecuentes

    Sí. Es completamente legal y está regulado por la legislación española. Cumpliendo los requisitos y con abogados especializados, te liberas de tus deudas de manera definitiva.

    Tienen derecho quienes actúan de buena fe, no tienen antecedentes penales graves y no han sido declarados culpables en concurso en los últimos diez años. La ley les permite cancelar o reestructurar las deudas que no pueden afrontar.

    Hay que acreditar la insolvencia con datos de ingresos, gastos, deudas y situación familiar; con tu autorización, conseguimos nosotros casi todos los documentos.

    Después presentamos la solicitud ante el juzgado mercantil y llevamos el procedimiento por ti.

    Si vives en otro municipio de la Comunidad, consulta nuestra página de Ley de Segunda Oportunidad en Madrid.

    Entre 6 y 12 meses en la mayoría de los casos. Con un despacho especializado se gestiona con más agilidad.

    Al terminar obtienes la exoneración y empiezas una nueva etapa sin deudas.

    Es lo que puede fijar el juez si tus ingresos superan el mínimo vital, siempre adaptado a tu situación. Si no puedes pagar nada, tus deudas pueden cancelarse sin abonar ninguna cantidad.

    Depende del caso. Te ofrecemos un presupuesto fijo y ajustado a tu situación económica.

    No es lo habitual. Aun así, aplicamos medidas preventivas para que sigas usando tu cuenta y cubras lo básico.

    Sí, una vez transcurrido un plazo. Con la reforma de la Ley 16/2022 ya no son 10 años: son 2 o 5 años desde la exoneración anterior, según cómo se consiguió (art. 488 del Texto Refundido de la Ley Concursal). En la consulta gratuita te lo confirmamos.

    Con la última reforma ya no hay que pasar por el acuerdo extrajudicial: todo se resuelve dentro del procedimiento judicial, según tu capacidad económica.

    No se cancelan las pensiones alimenticias, las deudas por delitos ni los créditos públicos por encima de 10.000 € con Hacienda y otros 10.000 € con la Seguridad Social.

    Los bienes no esenciales se venden para pagar a los acreedores, pero se protege lo necesario para empezar de nuevo. Un coche de alto valor, por ejemplo, podría venderse y, tras repartir lo obtenido, se cancelaría el resto de la deuda.

    La vivienda habitual puede conservarse en ciertos casos, sobre todo si la hipoteca supera el valor actual del inmueble. Lo decide el juez.

    Los avalistas siguen respondiendo si los acreedores les reclaman, así que lo revisamos antes de empezar.

    Sí, y también procurador. Conviene que sean especialistas, porque un asesoramiento equivocado puede tener consecuencias negativas.

    Tras obtener la exoneración puedes pedir la baja en ASNEF, CIRBE y registros similares. Si los acreedores no actualizan tus datos, puedes exigirlo legalmente.