Somos un despacho de abogados especialistas en Ley de Segunda Oportunidad con sede en Málaga, y atendemos por teléfono y online a personas de todo el Principado de Asturias. Nos dedicamos en exclusiva a los procedimientos de Ley de Segunda Oportunidad y a los concursos de acreedores, y gracias a nuestra trayectoria y compromiso ya hemos ayudado a cientos de particulares y autónomos asturianos.
Llevamos casos de cualquier concejo: Oviedo, Gijón, Avilés, Siero, Langreo, Mieres y el resto de Asturias. Si vives en una de las dos ciudades principales, también puedes consultar nuestras páginas de Ley de Segunda Oportunidad en Oviedo y Ley de Segunda Oportunidad en Gijón.
Si sientes que tus deudas no tienen salida, esta Ley se pensó precisamente para dar una segunda oportunidad real a quien no puede asumir sus obligaciones económicas. Te guiamos en cada fase buscando siempre el mejor resultado para ti.
Estudiamos tu situación a fondo y sin compromiso para valorar si puedes acceder al procedimiento. Así sabrás con claridad si la Ley puede darte una solución eficaz.
Cada miembro de nuestro equipo aporta su conocimiento especializado para ofrecerte las mejores soluciones legales y financieras, ajustadas a tu situación.
Nos enorgullece anunciar que Cualidad Jurídica ha sido galardonada con el Premio Andalucía Excelente 2024 en la categoría de Segundas Oportunidades, destacando nuestro compromiso y éxito en la gestión de la Ley de Segunda Oportunidad. Este reconocimiento refleja nuestra dedicación a proporcionar soluciones jurídicas efectivas, ayudando a personas y empresas a superar momentos difíciles mediante un proceso adaptado a cada necesidad.
Totalmente. Es un mecanismo judicial consolidado que permite cancelar las deudas siempre que se cumplan los requisitos y cuentes con una representación legal cualificada.
Es un recurso legal para anular o renegociar las deudas que no puedes pagar y recuperar así la estabilidad económica. Para acogerte debes actuar de buena fe y no tener antecedentes penales graves ni condenas por concurso en la última década.
Si no puedes pagar nada, tus deudas se eliminarán sin condiciones adicionales. Si tus ingresos están por encima del mínimo, el juez puede fijar un plan de pagos acorde a tu capacidad.
Tendrás que aportar información sobre tu situación económica: ingresos, gastos, cargas familiares y deudas. Te ayudamos a reunir los documentos necesarios para agilizar el proceso.
Con un despacho especializado, la solicitud se presenta en el juzgado mercantil, y nosotros gestionamos todos los trámites.
Depende de cada situación. Te damos un presupuesto transparente, adaptado a tu caso y sin sorpresas.
Tras la reforma más reciente ya no es necesario acudir a un acuerdo extrajudicial: todo se resuelve en sede judicial, con un plan de pagos adaptado a tus recursos.
Eso sí, algunas deudas no se perdonan, como las alimenticias, las derivadas de delitos y ciertos créditos públicos que superen 10.000 € tanto en Hacienda como en la Seguridad Social.
La vivienda puede conservarse si se cumplen ciertas condiciones, como que la deuda hipotecaria supere el valor de mercado. La decisión final es del juez, así que es fundamental asesorarse bien cuando hay una propiedad familiar en juego.
En muchos casos se liquidan los bienes no esenciales para pagar a los acreedores. La Ley busca un equilibrio: que pagues lo que puedas, pero sin dejarte sin lo básico.
Por ejemplo, un vehículo de alto valor probablemente se venda para pagar parte de las deudas; después, el resto queda exonerado y puedes empezar de nuevo.
En cuanto a los avalistas, los acreedores conservan el derecho a reclamarles. Por eso es vital estudiar cada caso para proteger también a quienes te respaldaron.
Lo habitual es que tarde entre 6 y 12 meses, y contar con abogados expertos ayuda a que cada fase avance más rápido.
Al terminar quedarás libre de tus deudas, podrás volver a acceder al crédito y empezar una nueva etapa económica.
Solo en situaciones muy puntuales. Nos anticipamos a este tipo de incidencias para que sigas usando tu cuenta con normalidad.
Una vez exoneradas las deudas, puedes pedir que te eliminen de registros como ASNEF o CIRBE. El Auto judicial obliga a los acreedores a comunicarlo; si no lo hacen, puedes tomar medidas legales para asegurar tu salida de esos ficheros.
Sí, pasado un plazo. Desde la reforma de la Ley 16/2022 ya no son 10 años, sino 2 o 5 años desde la exoneración anterior, según cómo la obtuviste (art. 488 del Texto Refundido de la Ley Concursal). En la consulta gratuita te confirmamos si ya puedes volver a solicitarla.
Sí, es un requisito legal. Y no vale cualquiera: es clave contar con especialistas en esta Ley para que el proceso se haga correctamente y no tengas problemas por una mala gestión.
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