Ley Segunda Oportunidad Mérida

Abogados que solo se dedican a la Segunda Oportunidad

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Somos abogados especializados en la Ley de Segunda Oportunidad y en concursos de acreedores, y nos centramos solo en estos procedimientos. Desde nuestro despacho en Málaga atendemos por teléfono y online a vecinos de Mérida y de municipios cercanos como Montijo, Calamonte, Guareña o Almendralejo. Hemos acompañado a miles de personas, autónomos y empresarios de toda España, y en 2024 recibimos el premio Andalucía Excelente.

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Abogados de la Ley de Segunda Oportunidad en Mérida

Consultar es gratis y puede ser el primer paso para salir de las deudas

¿Ya no sabes cómo hacer frente a tus pagos? La Ley de Segunda Oportunidad se aprobó para casos como el tuyo. Te asesoramos con claridad y nos ocupamos del proceso para que recuperes tu tranquilidad económica.

Revisamos tu caso de forma gratuita y sin compromiso. Desde el primer momento sabrás si puedes acogerte y qué camino seguiríamos.

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    Tu abogado de Segunda Oportunidad en Mérida

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    Desde Cualidad Jurídica te acompañamos en cada etapa con un trato humano y profesional, y con opciones de pago para que los honorarios no sean un obstáculo.
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    Nos enorgullece anunciar que Cualidad Jurídica ha sido galardonada con el Premio Andalucía Excelente 2024 en la categoría de Segundas Oportunidades, destacando nuestro compromiso y éxito en la gestión de la Ley de Segunda Oportunidad. Este reconocimiento refleja nuestra dedicación a proporcionar soluciones jurídicas efectivas, ayudando a personas y empresas a superar momentos difíciles mediante un proceso adaptado a cada necesidad.

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    Segunda Oportunidad en Mérida

    Preguntas frecuentes

    Consiste en un procedimiento que permite cancelar o reestructurar las deudas de quien ya no puede pagarlas. Puede acogerse quien actúa de buena fe, no tiene antecedentes penales graves y no ha sido declarado culpable en concurso durante la última década.

    Sí. Lo regula la legislación española y lo resuelve un juez. Si cumples los requisitos y te asesoran especialistas, tus deudas quedan canceladas para siempre.

    Cuando tus ingresos superan el mínimo vital: en ese caso el juez fija un plan adaptado a tu situación. Si no tienes capacidad de pago, tus deudas pueden cancelarse sin abonar ninguna cantidad.

    Presentamos la solicitud en el juzgado mercantil y nos encargamos de todo el procedimiento.

    Para demostrar la insolvencia necesitamos información sobre ingresos, gastos, deudas y situación familiar. Si nos autorizas, reunimos nosotros la mayoría de documentos.

    Atendemos al resto de la provincia; puedes consultarlo en nuestra página de Ley de Segunda Oportunidad en Badajoz.

    Acaba con la exoneración, que te permite empezar una etapa nueva sin deudas.

    Lo normal es que dure entre 6 y 12 meses; con un despacho especializado los plazos se acortan.

    Ocurre en muy pocas ocasiones. Aun así, tomamos precauciones para que puedas seguir usando tu cuenta para tus gastos básicos.

    Dependen del caso. Te damos un presupuesto fijo, sin sorpresas y adaptado a tus posibilidades.

    Sí, respetando un plazo. Desde la reforma de la Ley 16/2022 ya no se exigen 10 años, sino 2 o 5 años desde la exoneración anterior, según cómo la obtuviste (art. 488 del Texto Refundido de la Ley Concursal). En la consulta gratuita comprobamos si ya puedes.

    Quienes te avalaron siguen siendo responsables si los acreedores les reclaman, por eso estudiamos tu caso con calma antes de empezar.

    Los bienes no esenciales se liquidan para pagar a los acreedores, aunque se protege lo básico. Un coche de mucho valor podría venderse y, tras el reparto, el resto de deudas se cancelaría.

    La vivienda habitual puede mantenerse en algunos supuestos, sobre todo si la hipoteca supera el valor actual del inmueble; la decisión es del juez.

    Con la exoneración concedida puedes pedir tu baja en ASNEF o CIRBE. Si los acreedores no actualizan tus datos, puedes reclamar su eliminación por vía legal.

    Quedan fuera las pensiones alimenticias, las deudas derivadas de delitos y los créditos públicos que superen los 10.000 € con Hacienda y otros 10.000 € con la Seguridad Social.

    Desde la última reforma ya no es necesario el acuerdo extrajudicial: el procedimiento judicial lo resuelve todo según tu capacidad económica.

    Sí, hace falta abogado y procurador. Es recomendable que sean especialistas, porque una orientación equivocada puede tener repercusiones negativas.